El sistema mundial de comercio alcanzó un hito importante el 22 de febrero de 2017, fecha en la que entró en vigor el primer acuerdo multilateral concluido en los 21 años de existencia de la Organización Mundial del Comercio. Al recibir cuatro nuevas ratificaciones, la OMC ha obtenido la aceptación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) por dos tercios de los 164 Miembros de la Organización, mínimo requerido para la entrada en vigor del AFC.
Rwanda, Omán, el Chad y Jordania depositaron sus instrumentos de aceptación en poder del Director General de la OMC Roberto Azevêdo, con lo que el número total de ratificaciones supera el umbral requerido de 110. La entrada en vigor de este Acuerdo, que tiene por objeto agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías a través de las fronteras, abre una nueva etapa de reformas para la facilitación del comercio en todo el mundo y supone un estímulo importante para el comercio y el sistema multilateral de comercio en su conjunto.
El Director General Azevêdo se felicitó de la entrada en vigor del AFC, y señaló que el Acuerdo representa una reforma del comercio fundamental. Dijo lo siguiente:
“Es una gran noticia, por dos motivos por lo menos. En primer lugar, muestra que los Miembros están comprometidos con el sistema multilateral de comercio, y que están cumpliendo las promesas que hicieron en Bali. En segundo lugar, significa que ya podemos empezar a aplicar el Acuerdo, lo que contribuirá a reducir los costos del comercio en todo el mundo. También significa que podemos poner en marcha la labor de asistencia técnica para ayudar a los países más pobres a aplicar el Acuerdo.
Esto supondría para el comercio mundial un impulso de hasta 1 billón de dólares anuales, y serían los países más pobres los que mayores beneficios obtendrían. Los efectos serían mayores que la eliminación de todos los aranceles existentes en el mundo.
Sin embargo, este no es el final del camino. El trabajo de verdad no ha hecho más que empezar. Esta es la mayor reforma del comercio mundial en una generación. Puede contribuir de forma notable al crecimiento y al desarrollo en todo el mundo. Ahora, trabajando juntos, tenemos la responsabilidad de aplicar el Acuerdo y de hacer realidad esos beneficios”.
El Acuerdo es único en la medida en que permite a los países en desarrollo y países menos adelantados fijar sus propios calendarios para la aplicación en función de su capacidad para hacerlo.
Los países desarrollados se han comprometido a aplicar inmediatamente el Acuerdo, que prevé una amplia gama de reformas en materia de facilitación del comercio. Los países en desarrollo, en cambio, aplicarán con carácter inmediato solamente las disposiciones del AFC que hayan designado como compromisos de la “categoría A”. En el caso de las demás disposiciones del Acuerdo, deben indicar cuándo se aplicarán y qué apoyo para la creación de capacidad necesitarán para poder implementar esas disposiciones, denominadas compromisos de las categorías B y C. Estos compromisos se pueden aplicar más tarde, y los países menos adelantados disponen de más tiempo para notificarlos.
El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (sólamente en inglés)
Para dar seguimiento a las ratificaciones de este acuerdo accesar a: https://www.tfadatabase.org/ratifications